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BASES DEL CONCURSO: Avios Iberia y Sunday Shopping
1.- Compañía organizadora
Las sociedad IBERIA, L.A.E., S.A. OPERADORA (en adelante "IBERIA") tiene previsto realizar un concurso que se desarrollará de conformidad con lo establecido presentes bases. La actividad se denominará "Avios Iberia y Sunday Shopping"
2.- Duración
La fecha de comienzo del concurso será cada domingo desde el día 27/05/2012 hasta el 24/06/12.
3.- Finalidad
El concurso tiene como finalidad regalar 5 premios de 50.000 Avios cada uno (suficientes para realizar 1 viaje para dos personas a Europa en clase azul).
4.- Requisitos para participar
Podrán participar en el concurso todas aquellas personas físicas, mayores de edad, que hayan realizado alguna compra en los establecimientos que participen en el evento “Madrid Sunday Shopping by S Moda” durante el periodo de la promoción.
5.- Mecánica del concurso
El concurso tendrá lugar en todos los locales adheridos a la promoción. Entraran en el sorteo todos los participantes que, tras realizar una compra, rellenen el cupón que les será entregado por los empleados de las tiendas, con los datos personales requeridos en el mismo. El número de participaciones por individuo está limitado exclusivamente a las tiendas adscritas a la misma. El cupón lo depositaran en una urna habilitada para tal, en el mismo local donde se lo han entregado.
6.- Selección de ganadores
El sorteo se realizara al finalizar la promoción, el 27 de Junio en el que se designaran los 5 ganadores y 10 suplentes.
En el Sorteo, el notario extraerá al azar, bajo su fe notarial, 5 Ganador y 10 Suplentes, de entre todos los participantes de los distintos locales.
El sorteo se celebrara ante Notario a través de un procedimiento aleatorio, entre todos los cupones depositados en las urnas.
Será causa de descalificación del participante la no inclusión de un email de contacto al rellenar el cupón.7.- Comunicación a los ganadores
El premio será comunicado en el plazo máximo de un mes desde la finalización del concurso através de un email al usuario ganador. Por tanto, es recomendable que para participar se utilicen los datos verdaderos de dirección de email activa y que el usuario consulte con frecuencia.
En caso de que no se pueda contactar al ganador en un plazo de cinco días, se procederá a seleccionar un nuevo ganador de entre los suplentes.
8.- Descripción y entrega del premio
- Premio: 5 premios de 50.000 Avios (suficientes para realizar 1 viaje para dos persona a Europa en clase azul).
- Para poder optar al premio es necesario que el participante sea cliente Iberia Plus.
- Los ganadores deberán facilitar sus datos (mail de contacto, nombre, apellidos, DNI y Teléfono) para poder contactar con ellos para la anotación de los Avios Iberia Plus Citados.
- El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a Petición del ganador.
- En el supuesto de que sea imposible localizar al ganador de la promoción o a los suplentes, el premio se declarará desierto. También se declarará desierto el premio cuando el ganador de la Promoción renuncie al mismo.
- A la aceptación del premio, el ganador otorgará su consentimiento a Iberia para la Utilización de su nombre e imagen en los medios de comunicación habituales de Iberia.
- Los participantes, por el mero hecho de participar en el presente concurso, aceptan las bases de la presente promoción y el criterio de IBERIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del desarrollo de la presente promoción.
- IBERIA se reserva el derecho de declarar desierto un premio si ninguno de los ganadores reclamara el premio dentro del plazo establecido en esta cláusula.
- El período de reclamación del presente sorteo finaliza transcurridos los plazos establecidos en las presentes Bases de Sorteo.
9. FISCALIDAD DEL PREMIO:
A los premios de la presente promoción, les será aplicada la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; el Real Decreto 1029/2007, de 20 de julio y el Real Decreto 41/2010, de 15 de enero, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado aprobado por el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 305/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil IBERIA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente. Las demás repercusiones fiscales que para los agraciados tenga la concesión del premio serán por cuenta de los mismos.
Todos los impuestos y tasas relacionados con los premios de esta promoción o aquellos gastos adicionales motivados por demora o negligencia por parte del ganador, serán de cuenta de éste, salvo que de otra forma, se hubiera establecido expresamente en las presentes bases.
10.- Exención de responsabilidad por mal funcionamiento de la red
Iberia no se hace responsable del mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo del concurso por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.
Tampoco será responsable Iberia por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
11.- RESERVAS Y LIMITACIONES
No podrán participar en la promoción y, por lo tanto, resultar agraciados, las siguientes personas: A) empleados y familiares hasta el primer grado de consanguinidad de todas las tiendas adheridas a la promocion. B) los empleados de empresas distribuidoras de productos, agencias de publicidad o agencias de promociones que estén relacionados con la promoción.
Iberia, se reserva el derecho de sustituir los premios citados por otros de características y valor similar.
Los premios entregados no serán susceptibles de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores.
Iberia, no se responsabiliza del uso indebido del premio realizado por el cliente ganador del premio.
Iberia, se reserva el derecho a suspender, modificar, ampliar o cancelar esta promoción.
12.- Derechos de imagen
Los ganadores y participantes autorizan con su participación a Iberia a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos en los medios oficiales de IBERIA dentro del plazo máximo de 30 días siguientes a la fecha de comunicación del ganador, sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción de la entrega del premio ganado conforme a estas bases.
13.- Datos Personales
Los datos recogidos de los usuarios participantes formarán parte de un fichero automatizado de datos, propiedad de IBERIA, la cual se compromete a cumplir con todos los requisitos estipulados en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
14.- Legislación aplicable
Esta promoción se rige por las leyes españolas. Cualquier diferencia o controversia que surgiere en relación con la misma, se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
15.- Aceptación de bases
La participación en el concurso supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases.
Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la promoción deberá remitirse a IBERIA.
Las presentes bases están depositadas ante el Notario del Ilustre Colegio Oficial de Madrid, D. Manuel de Torres y Francos quedando a disposición de los participantes.
La simple participación implica la aceptación de estas bases en su totalidad por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implicara la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, quedara IBERIA, S.A. liberada del cumplimiento de la obligación con dicho participante.
