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Valor declarado

Equipajes de valor declarado

Cuando se presente un equipaje a facturar, sobre el que se desee hacer una declaración de valor especial, se actuará conforme a las siguientes normas:

  1. Tiempo de presentación

    El pasajero deberá presentarse en facturación con una antelación suficiente que permita la realización de:

    • Apertura del equipaje de valor especial
    • Formalización del documento billete de exceso de equipaje
    • Comprobación de existencia de los objetos que se desea valorar
    • Cierre del equipaje con llave
  2. Límites de declaración

    La valoración del equipaje:

    • La valoración del mismo debe superar 1.000 derechos especiales de giro (aproximadamente el equivalente a 1.200 euros).
    • El valor máximo de declaración por pasajero no podrá exceder de 5.000$ USA o su equivalente.

    Cargos

    El porcentaje a cobrar sobre el valor declarado por el pasajero es de 5 por 1000, siendo necesaria la emisión de un billete de exceso de equipaje.

  3. Transporte en conexión con otras compañías

    No se aceptarán equipajes con declaración de valor para el transporte en líneas de otras compañías a menos que éstas den su conformidad para ello.