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Desplazamientos a Estados Miembros de la Unión Europea (excepto Reino Unido, Irlanda y Suecia).
Los animales
deberán ir acompañados de un PASAPORTE donde figure
que:
- Han sido identificados mediante tatuaje claramente legible o
un sistema electrónico de identificación
(microchip).
- Han sido objeto de una vacunación o
revacunación antirrábica.
Desplazamientos a Suecia, Reino Unido, Irlanda y Malta
Los animales de compañía (excepto los hurones)
irán acompañados de un PASAPORTE en el que consten
los mismos requerimientos que en el punto anterior. Además
se deberá informar de que se les ha realizado una
valoración de anticuerpos neutralizantes con resultado
satisfactorio.
El transporte de animales por parte de IBERIA al Reino Unido continua sin estar autorizado por lo tanto, IBERIA no aceptará ningún animal con destino al Reino Unido
Mas información en: www.colvema.org
Desplazamientos desde Terceros Países con condiciones favorables hacia la Unión Europea:
Para más información consulte en
"http://ec.europa.eu/food/animal/liveanimals/pets/qanda_en.htm"*
*Sólo disponible en inglés, francés y alemán
Desplazamientos desde Terceros países con otras condiciones, hacia la Unión Europea:
Para los casos de entrada desde determinados países con unas condiciones antirrábicas desfavorables no incluidos en el punto anterior,les será admitida la entrada en estados europeos (excepto Suecia, Reino Unido y Malta), con el certificado en vigor según indiquen las normas nacionales aplicables ,donde se certifique que el animal ha sido objeto de una vacunación,o en su caso, una revacunación antirrábica que tenga validez con arreglo a las recomendaciones del laboratorio de fabricación,con una vacuna inactivada de por lo menos una unidad antígena por dosis (norma de la OMS), y que ha sido objeto de una valoración de anticuerpos neutralizantes de, como mínimo, 0,5 Ul/ml en una muestra tomada por un veterinario facultado al menos 30 días después de la vacunación y 3 meses antes del desplazamiento.