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Para la acreditación de los menores de 14 años sin DNI o Pasaporte dentro del territorio nacional y, en caso de duda razonable sobre las identidades tanto de los menores como de los acompañantes, se solicitará:
En vuelos internacionales (Europeos y Terceros Países), al no existir una normativa estandarizada, todos los menores (vayan acompañados o no, e independientemente de su edad) deben presentar su propio documento, DNI (con Autorización formalizada en alguna Dependencia Policial si viajan solos) o Pasaporte , además de cumplir con los requerimientos del país al que vayan.
Nuevo reglamento de la Ley de Migración de México para el transporte de menores en los vuelos origen/destino México: Desde el 15 de Febrero de 2013, todos los menores que viajen solos o acompañados por una tercera persona, que no sea alguno de los progenitores o tutor legal, deberán presentar un documento firmado por ambos padres o por quien tenga la patria potestad o tutela, ante notario o autoridad pertinente, donde conste que se le permite salir del territorio nacional.
Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con su traducción (si se trata de idioma distinto al español).
En el caso concreto de España, la Policía cuenta con un documento de autorización para estos casos.
En salidas de aeropuertos nacionales (Españoles), se permite la entrada hasta las zonas de embarque a los tutores o familiares de los menores de 14 años que vuelan no acompañados. Para ello, deberá solicitar una Tarjeta de Acompañante en el mostrador de facturación de Iberia. Se permitirá únicamente el acceso para acompañar al menor hasta la puerta de embarque correspondiente para el día y hora del vuelo. El adulto acompañante deberá portar su pasaporte o DNI en vigor para poder acceder por el control de fronteras junto al menor.