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Nuevas medidas de Seguridad para la identificación de pasajeros desde España

El Comité Nacional de Seguridad ha aprobado unos cambios en el Programa Nacional de Seguridad, que afectan a la identificación de los pasajeros desde España

La documentación que aportarán los pasajeros, para confirmar que su identidad se corresponde con la tarjeta de embarque, en los mostradores de facturación y puertas de embarque


Tipo de Vuelo (desde España) Tipo de Pasajero Documentación necesaria
Nacional Nacional Mayor 14 años
  • DNI o pasaporte no necesariamente en vigor.
  • Carnet de conducir expedido en España
Menor 14 años
UE / Schengen
/Andorra / Liechtenstein
  • Pasaporte o Documento de Identidad válido no necesariamente en vigor.
  • Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.
  • Carnet de conducir expedido en España
Terceros países
  • Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.
  • Permiso de Residencia español
    o de alguno de los Estados Schengen en vigor.
  • Carnet de conducir expedido en España
UE/Schengen
/Andorra / Liechtenstein

Menor 14 años Ampliar información
Nacional
  • Pasaporte[1] o DNI en vigor
UE / Schengen
/Andorra / Liechtenstein
  • Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.
Terceros países
  • Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.
Terceros países
Menor 14 años Ampliar información
Nacional
  • Pasaporte en vigor
UE / Schengen
/Andorra / Liechtenstein
  • Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor
Terceros países
  • Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

[1] Los españoles que viajen a Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Holanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Portugal, Suecia y Suiza pueden viajar con el pasaporte caducado hasta cinco años después de finalizado su período en vigor.

ACLARACIONES A LA VERIFCACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

A efectos de aplicación de las nuevas medidas de seguridad para la verificación de documentación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

  • Título de viaje: Válidamente expedido, en vigor y en el que constará la vigencia máxima y las limitaciones que en cada caso concreto se determinen para su utilización.
  • Documento de Viaje para Refugiados: Expedido con arreglo a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
  • Documento de Viaje para Apátridas: Expedido con arreglo al Convenio sobre el Estatuto de Apátridas de 1954.
  • Otros Documentos de Viaje Válidos: Aparte de los tres citados anteriormente, el Ministerio del Interior contempla la posibilidad de viajar con otros Documentos de Viaje, como la Libreta Naval o Documento de Identidad para la gente del mar, aunque su uso resulta menos frecuente.

NOTAS Y ACLARACIONES

  • Para viajar a ciertos países, en función de la nacionalidad del pasajero, es necesario tener visado válido y en vigor. De no ser así, la compañía aérea puede denegarle el embarque. .
  • Para viajar a ciertos países, los menores de 18 años no acompañados en vuelos no nacionales, precisarán de pasaporte o DNI, éste último junto con la autorización del padre, madre o tutor que se obtiene en Comisarías de Policía, Puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarios y Alcaldes.
  • En caso de pérdida o robo de documentación, la denuncia ante FF. y CC. de Seguridad no será prueba válida que acredite la identidad del pasajero. Un funcionario de las FF. y CC. de Seguridad podrá acreditar la identidad, aunque dicha acreditación sólo será válida para verificar la identidad en puerta de embarque en vuelos nacionales, pudiendo no ser suficiente para la aceptación en el país de destino

 

Estados que integran la Unión Europea Estados en los que se aplica el Convenio Schengen
Alemania Eslovaquia Grecia Lituania Portugal Alemania España Holanda Lituania Portugal
Austria Eslovenia Hungría Luxemburgo Reino Unido Austria Estonia Hungría Luxemburgo Rep. Checa
Bélgica España Irlanda Malta Rep. Checa Bélgica Finlandia Islandia Malta Rep. Eslovaca
Bulgaria Estonia Italia Países Bajos Rumanía Dinamarca Francia Italia Noruega Suecia
Chipre Finlandia Letonia Polonia Suecia Eslovenia Grecia Letonia Polonia Suiza
Dinamarca Francia